SANTO DOMINGO, D.N.- Tras sostener encuentros técnicos con todas las ARS, la SISALRIL da a conocer las siguientes informaciones:
El Sistema de Seguridad Social reitera que garantiza el acceso de todos los afiliados al Seguro Familiar de Salud a todas las atenciones definidas en el catálogo de beneficios del Plan Básico de Salud (PDSS).
Estas coberturas incluyen las atenciones médicas ambulatorias, internamiento, cuidados intensivos, medicamentos prescritos ambulatoriamente y en internamiento, entre otras, siempre que sean necesarias, por afecciones respiratorias agudas u otros problemas de salud que así lo requieran. Estas coberturas continuarán siendo garantizadas por los mecanismos habituales de autorización y pago a los Prestadores de Servicios de Salud por los ARS correspondientes.
También se reitera que el Sistema Dominicano de Seguridad Social garantizará el acceso de los afiliados a las pruebas de laboratorio específicas de confirmaciónn diagnóstica de infección por el COVID-19 (PCR) cuando, de acuerdo con las disposiciones oficiales nacionales e internacionales, estén indicadas.
De acuerdo a los protocolos establecidos por las autoridades de salud nacional e internacional, hasta este momento en el país solo se recomienda la prescripción de la prueba en los siguientes casos:
– Personas que hayan estado en países con circulación del virus en los últimos 15 días o que hayan viajado en cruceros.
– Personas que presenten dos o más síntomas asociados al virus.
– Personas que hayan estado en contacto con otras personas infectadas por el virus.
– Corresponderá a los médicos tratantes realizar el necesario cribado (Triaje) para determinar con base en las prioridades establecidas la prescripción o no de la prueba confirmatoria (PCR). Sin dicha prescripción médica los laboratorios no podrán llevarla a cabo.
– Las pruebas deberán ser realizadas por laboratorios públicos y privados específicamente habilitados por el Ministerio de Salud Pública para este fin, con base al Protocolo de Berlín y utilizando los kits autorizados por el Ministerio de Salud Pública y recomendados por la Organización Mundial de la Salud; así como dando cumplimiento estricto a los términos de los acuerdos establecidos entre dichos laboratorios y el Ministerio de Salud Pública.
Por otra parte, dado que dichas pruebas no están contempladas en el catálogo de beneficios del Seguro Familiar de Salud, al tratarse de una nueva patología recién llegada al país hace pocas semanas, y con el interés de hacer más expedito el acceso siempre que sea necesario, se establecerán mecanismos y procedimientos específicos para estas coberturas, a fin de garantizar los derechos y necesidades de los afiliados, y el estricto cumplimiento de las disposiciones del Ministerio de Salud Pública y de la Organización Panamericana y Mundial de la Salud, que definen la respuesta nacional e internacional ante esta Pandemia.
Todos los mecanismos mediante los cuales los afiliados al Seguro Familiar de Salud tendrán acceso a esta cobertura en caso de necesitarlo, están siendo actualmente definidos en un trabajo conjunto entre la SISALRIL, el Ministerio de Trabajo, el Ministerio de Salud y el Ministerio de la Presidencia.
Dichos procedimientos serán dados a conocer en los próximos días, una vez se completen los acuerdos correspondientes entre las instituciones involucradas y estarán vigentes mientras perdure la situación de emergencia epidemiológica.
Se hace un llamado a toda la ciudadanía y en particular a todos los afiliados al Seguro Familiar de Salud, a permanecer atentos a las orientaciones y disposiciones del Ministerio de Salud Pública.
Se recomienda asimismo evitar y no difundir informaciones no oficiales que puedan desorientar o sembrar alarma y colaborar con las medidas de distanciamiento social restringiendo sus desplazamientos al mínimo estrictamente indispensable en este período.
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